¡Tendré que creer lo que de ti se ha dicho!

Dr. y Abg. Dennis A. Castro B.

Lo que se construye con la vida (el honor), no se destruye con un lengüetazo, decía mi maestro en un tema en la Universidad de Guatemala. El derecho al honor como derecho humano obliga a actuar administrativa o judicialmente contra quien profiera expresiones o imputaciones de hechos falsos que hagan desmerecer la consideración social e individual de una persona, es un derecho legítimo, y propio definido como un derecho humano existencial. Este derecho fundamental garantiza la protección al honor, a la propia imagen y a la intimidad personal y familiar están claramente enunciados en la Constitución de la República. Los ataques a este derecho pueden llegar a ser constitutivos de delito, tal y como considera el Código Penal. Por ello, en el título respectivo (Delitos contra el honor) de este cuerpo legal, se encuentra el entramado legal a tener en cuenta ante una violación del derecho al honor.

Es la calumnia tan frecuente en nuestro país, ha sido y es el delito más frecuente que vemos en redes sociales bajo un anonimato, que requiere control legal necesario en el ámbito moderno legislativo para contrarrestar el uso de ellas para calumniar y difamar a personas con una facilidad increíble y que nuestro cuerpo parlamentario por su escasa preparación en ámbitos de legislaturas y por sectarismo político con propio interés han venido permitiendo en un país en donde como base fundamental de destrucción de la sociedad, se hace uso de esos medios señalados a fin de “destruir” al oponente político deslizando falsedades que afectan el honor con los propósitos aviesos inimaginables. Hemos llegado a la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, a la injuria como acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. En ocasiones dos derechos fundamentales como son el del derecho al honor y el de la libertad de expresión pueden entrar en conflicto, ya que no hay un derecho que prime sobre el otro, pero el uso de redes sociales en forma anónima, es recurso inclusive de actuales parlamentarios que es viejo conocido y alguna vez públicamente señalado. La acción que es propia de un trastornado de la personalidad de tipo disocial según la DSM5 y CIE11, que amerita a todas luces un protectorado social ante las aberraciones injuriosas y calumniantes que a través de redes sociales ha hecho uso. Lo mismo los Call Center de partidos políticos que han contribuido a la destrucción social, que por esa acción deberíamos legalmente disolver, porque esos actos son contrarios a la función política de un ente jurídico que pretende gobernar: el bien público.

Cuando dos derechos fundamentales entran en conflicto debe resolverse en cada caso cuál de los dos tiene prevalencia, en función de la situación concreta, el contexto y los intereses en juego. Es decir, puede haber ocasiones en las que se determine que la libertad de expresión prevalece sobre el derecho al honor, y ocasiones en las que se determine lo contrario, en base a las circunstancias concretas de cada caso. Pero, hacer uso del anonimato con nombres falsos, con referencias de usuario en África o en Asia, ya no es un derecho tutelado, es una acción criminal de patología mental a fin de lograr objetivos insanos, que como hombres no son capaces de afrontar.

El derecho al honor debe estar muy protegido frente a atentados en la reputación personal entendida como la apreciación que los demás puedan tener de una persona, y lo cual se busca en la forma señalada: destruir.

El honor se tiene o no, es un atributo inherente a la persona, aunque puede perderse. La honra se recibe, se adquiere y confiere por parte de otras personas y también puede perderse o ser quitada. El honor se puede decir que es la dignidad de puertas adentro, y la honra, la dignidad de puertas afuera. El honor personal es la base de sustento de una familia y sus integrantes, si quisiéramos refundar la nación: el derecho al honor y propia imagen: es piedra granítica para una nueva sociedad de respeto entre nosotros y a los demás, el no tutelarlo: es el mismo origen de la destrucción que vemos en nuestra sociedad. Recuerde el refrán: Si tú crees de mi lo que te dijeron, de ti debo creer lo que se ha dicho.

Esp. derechos humanos