La pericia financiera de cargo del Ministerio Público (MP), por el delito de lavado de activos en contra del excapitán, con baja deshonrosa, de las Fuerzas Armadas, Santos Rodríguez Orellana, su esposa Jennifer Lizeth Bonilla, y su suegra Reina Lizeth Bonilla, mostró el crecimiento financiero de al menos nueve empresas.
De acuerdo al informe, seis de estas estaban registradas a nombre de su esposa las cuales se determinó que por ninguna de ellas pagó impuestos, una a nombre de su suegra, que era Bodegas Márquez, la cual fue objeto de vigilancia por la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC), y durante el tiempo que la mantuvieron en la mira estuvo siempre cerrada y dos a nombre del oficial retirado de la institución militar.
A pesar de que esas empresas las mantuvieron cerradas, siguieron mostrando ingresos, como también se realizaron pagos de gastos personales que eran solventados con los productos financieros de las mismas.
Se mostró también otras irregularidades durante la presentación de la pericia financiera, como ser los más de 112 millones 260 mil 399 lempiras de mezcla de efectivo no justificado de los encausados.
Se estableció que en el caso de los tres préstamos otorgados en mayo y agosto del 2019 y en febrero del 2021 al excapitán Santos Rodríguez Orellana, que ascienden a más de cinco millones de lempiras, por parte de una cooperativa en Intibucá no envió el expediente crediticio del encausado, ni el detalle de los bienes que servirían como garantía hipotecaria, tampoco la actividad económica, ni el rastro financiero de los pagos de los préstamos.
En lo que se refiere al perfil financiero de la suegra de Rodríguez Orellana, Reina Bonilla, el perito financiero detalló que ella se registró como comerciante de abarrotería, siendo su principal fuente de ingresos las Fuerzas Armadas (FF. AA.), de los cuales recibió del 2015 al 2021 más de 162 millones, 225 mil, 769 con 01 centavos, pagados en cheques, en lo que respecta a ingresos por alquileres de cuartos, no se encontró a través del sistema financiero los depósitos a favor de la encausada en concepto de alquiler.
A la señora Bonilla le detectaron más de siete millones de lempiras, capital que fue creciendo con el paso de los años, y a lo que se logra apreciar no mostraba retiros significativos, sino como un activo a su favor, desconociéndose la actividad generadora, tampoco detectó ni rastro ni apalancamiento financiero.
En lo que respecta a la esposa del excapitán, Jenifer Bonilla, el perito detalló que el perfil financiero de ella era de comerciante de empresas mercantiles, y tampoco muestra rastro financiero.
Entre las conclusiones del perito, dijo que las empresas de los encausados no pueden determinar una fuente de ingresos fidedigna, no hay rastro financiero ni hay suficiente insumo para soportarla, con las tarjetas de crédito de las empresas en las que figuraban en algunas como socios entre sí se muestra que con los productos financieros de las mismas se solventaban pagos de gastos personales, que no están relacionados con la actividad de la empresa.
PERICIA DE LOS ENCAUSADOS
El perito de la defensa, Jerlin Lara, mostró la pericia financiera a favor de los encausados a partir del primero de enero del 2015 al 31 de diciembre del 2021, sobre sus actividades comerciales a las que denominó como informales de acuerdo al rubro en que se dedicaban que era a la venta de abarrotes, transporte de taxis, entre otras como generadoras de dinero, sin embargo, no consideró pertinente detallar plazos de préstamos que tenía el excapitán.
Tampoco los valores de ingresos, no cuantificó ingresos a favor de los tres procesados, porque no tuvo toda la información y la que sí tuvo a la vista era inferior a los montos que estos manejaron, dijo no estar justificando bienes, y al respecto de la documentación que brindaron las Fuerzas Armadas informó que hizo un estimado de los montos a favor de la señora Reina Bonilla, que recibía más de 500 mil lempiras mensuales aproximadamente.
Tras finalizarse con la presentación de la pericia financiera presentada por la defensa, la consultora técnica de la Fiscalía, Marilin Gallardo en sus conclusiones expuso que con el informe presentado a favor de los encausados no se logró determinar origen, rastro y soporte financiero de las actividades comerciales de los encausados.
Gallardo estableció que el señor Santos Rodríguez, figuraba en las sociedades mercantiles Bodega Josué, Transportes Leonel y Tienda Ranyer, pero no brindó a detalle la operatividad de las mismas, ni el patrimonio con el que contaban cada uno para llevar a cabo las operaciones, no determinó los ingresos, ni utilidades, con las que se pudieran fundamentar eran generadora de ingresos para el encausado.
Tampoco definió la finalidad de los préstamos a favor del capitán Rodríguez, ni cómo fueron pagados, que siguieron vigentes tras su salida de las Fuerzas Armadas, no supo definir si contaba con la capacidad económica para solventarlos ya que ascendían a más de cinco millones de lempiras, no incluyó documentos contables, financieros y patrimoniales que tuvo a la vista, no hizo uso de las mismas, la pericia refleja vacíos en la información expuesta, no reúne la calidad, revelación suficiente y objetividad contable y financiera, no tiene los elementos suficientes para definir el origen y justificación de la masa patrimonial de los encausados.
Referente a la señora Reina Bonilla, la consultora Gallardo concluyó que, desde la revisión de los elementos financieros y contables, se identificó que la misma carece de elementos para determinar la masa patrimonial de ella.
Tampoco se detallaron los ingresos y egresos, utilidades obtenidas por Bodegas Márquez, no existen elementos suficientes que justifiquen los altos ingresos manejados en sus cuentas bancarias sean producto de la actividad económica que desempeñaba, no logra determinar el origen o rastro financiero en el período 2015 al 2021.
En lo que se refiere a los pagos realizados por parte de Fuerzas Armadas a favor de la encausada Reina Bonilla, la consultora concluyó que en la pericia solo se plasmó una constancia emitida por la institución castrense, donde muestra una relación comercial entre ambas partes, pero no representa soporte financiero que se pueda acreditar los ingresos a su favor.
Sobre las actividades económicas de la encausada, Jenifer Bonilla, en la pericia realizada a su favor, determina la experta de la fiscalía que el documento no contiene los insumos necesarios para hacer una cuantificación de los ingresos percibidos a su favor.
El perito mencionó que era socia y que al no tener la información de las utilidades y repartición, se concluye que carecen de la capacidad de determinar el origen de los depósitos de las cuentas bancarias, entre los años 2018 al 2021, que ascendieron a más de nueve millones de lempiras.
De los bienes de los tres encausados el perito no estableció con los insumos encontrados el valor de las inversiones de compra y mejora de bienes inmuebles, porque desde el origen del patrimonio no se pudo reflejar financieramente los rastros de las formas de pagos, porque tomó solo una copia de la captura de pantalla de sistema unificado de registro siendo este insumo de variable información, no cuenta con certificación, carece de fundamento a los criterios contables y financieros.
Tentativamente se convocó a las partes procesales para mañana a la 1:30 de la tarde para la etapa de conclusiones y fecha posible para emitir el fallo en esta causa. (XM)