El Tribunal de Sentencia en Materia de Extorsión declaró con lugar un recurso de reposición interpuesto por la fiscalía, revocando la resolución de la sustitución de la medida cautelar de prisión preventiva.
Por lo tanto, Carlos Alberto Álvarez Cruz, alias “Cholo Houston” y su esposa Lizeth Carolina Claros, supuestos miembros de la estructura criminal Mara Salvatrucha (MS-13), continuarán con la medida cautelar de Prisión Preventiva.
Cabe destacar que la reposición fue interpuesta debido a dilataciones en el proceso, mismas que se consideraron atribuibles a la defensa.
Es de mencionar que el Ministerio Público se pronunció respecto al caso por la aparente falta de acción del Poder Judicial al hacer caso omiso a las solicitudes del Ministerio Público en torno al juicio que se le sigue al jefe de la Mara Salvatrucha (MS-13) nivel nacional.
En fecha 29 de agosto del año 2019, mediante un fuerte operativo coordinado por la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO), la Fuerza Nacional AntiMaras y Pandillas (FNAMP) y la Policía Militar del Orden Público (PMOP), se logró la captura de uno de los jefes a nivel nacional de la estructura MS-13 Carlos Alberto Álvarez Cruz alias ‘Cholo Houston’ y su pareja Lizeth Carolina Claros Inestroza.
Al momento de su captura, en una zona exclusiva de la capital, se le decomisó más de 6 millones de lempiras en efectivo, joyas, armas y una colección de carros de lujo. Según la investigación, el jefe de la banda MS-13, es responsable de delitos de extorsión continuada, asociación ilícita, lavado de activos y portación ilegal de armas de uso prohibido, delitos que ha cometido desde hace más de 20 años como parte de la alta jerarquía de este grupo criminal.
Dos días después de su captura, el 31 de agosto del 2019, se desarrolló la audiencia de declaración de imputado en el juzgado correspondiente, por lo que se le dictó detención judicial junto a su pareja. Desde este momento guardan prisión ambos en las cárceles que se encuentran en la zona de Amarateca.
En el mes de junio del año 2020 el caso fue trasladado del Tribunal de Sentencia con Competencia Territorial en Materia Penal hasta el Tribunal de Sentencia con Competencia Nacional en Materia de Extorsión.
En este último tribunal, fue hasta los meses de agosto y septiembre del año 2021 (dos años después de la captura), en que se estableció la juramentación de los peritos para realizar el peritaje respectivo.
Al mismo tiempo el Ministerio Público solicitó en cinco ocasiones se celebrara la audiencia de proposición de medios de prueba, sin embargo, siempre se argumentó que no se podía por exceso de trabajo de los tribunales.
El MP reiteró en muchas ocasiones que la prisión preventiva se vencería en febrero del año 2022, no obstante, el Tribunal nunca le dio el impulso procesal requerido y por el contrario se convocó a las partes cinco días antes de vencer el plazo donde se notificó que vencía la prisión preventiva y se dejaba el juicio oral y público para la segunda semana del mes de mayo del presente año.
Por último, denunciaron que la defensa de ambos imputados retraso el caso durante 40 días, sin embargo, esos días no fue tomado en cuenta por el Tribunal tal y como establece el Artículo 181, sobre la duración de la prisión preventiva, estableciendo que esos plazos no serán tomados en cuenta. (XM)