El Tribunal de Sentencia de San Pedro Sula, a través de la Sala II por la vía de la Estricta Conformidad por arreglo de las partes procesales y por unanimidad de votos falló declarar culpable y condenó a 9 años 5 meses de prisión como pena principal, más 18 años 10 meses de prohibición de acercarse a la víctima, 10 años de libertad vigilada, la inhabilitación de la patria potestad mientras dure la condena y la inhabilitación absoluta como penas accesorias contra Raúl Arturo Andrade López, quien reconoció su participación en el delito de otras agresiones sexuales agravadas continuadas en perjuicio de una menor de 8 años de edad.
Bajo el principio de la retroactividad de la ley al hoy condenado se le juzgó de acuerdo al Código Penal vigente, ya que originalmente fue acusado por actos de lujuria.
Según las diligencias realizadas por el personal del Módulo de Atención Integral Especializado (MAIE) del Ministerio Público luego de una denuncia del 23 de enero del 2016 en relación a la denuncia que relató la niña de 9 años que fue abusada sexualmente por el señor Raúl Arturo Andrade López (padre de la víctima), ya que la menor ofendida expresó que ella visitaba a su papá los domingos ante la separación de él con su mamá.
El agresor, quien es el padre de la víctima, vivía por el mercado El Rápido, en el barrio Medina de San Pedro Sula, y que fue el 26 de agosto del 2018 comenzó a tocarle las partes íntimas a su hija, acción que sucedió en cinco ocasiones, al momento que ella decía que se iba a bañar, el agresor decidió bañarla y la fuerza la metió al baño así a fuerza la intimidaba para que observará sus partes íntimas.
Esa ilegal acción se repitió por varios días y la última vez que el agresor manipuló a la menor fue un 16 de diciembre del 2018 y como la víctima salió de vacaciones a uno de los municipios de Ocotepeque, allí le contó a un primo y a una de sus tías, quienes llamaron a la mamá, así fue la denuncia del 23 de enero del 2019. (XM)