Por: Carlos López Contreras
Ex Canciller de la República
Junto a los abogados españoles Francisco Silvela y Antonio Maura, participaron en el arbitraje don Alberto Membreño, ministro de Honduras ante la Corona de España y don Antonio A. Ramírez F. Fonsecha, agente especial y don Crisanto Medina, ministro de Nicaragua ante la Corona de España y jefe de la Comisión de Límites, don José Vargas Vila y don Salvador Castrillo.
Vimos en los gráficos de mi artículo anterior “Los límites con Nicaragua” que las pretensiones territoriales de nuestro vecino se extendían al noroeste del Cabo de Gracias a Dios, primero hasta el Cabo Falso y, seguidamente, hasta el meridiano que pasa por el Cabo Camarón; y que la pretensión de Honduras se localizaba al sur de dicho Cabo en la desembocadura del río Arena y de la Laguna de Sandy Bay y desde el paralaleo que pasa por dicha laguna hacia el oriente hasta el oceáno Atlántico.
Pues bien, resulta que después de dictado el Laudo, el canciller don José Dolores Gámez, al presentar su memoria a la Asamblea Nacional Legislativa de Nicaragua el 26 de diciembre de 1907, comienza a minar la legalidad, justicia y credibilidad del Laudo Regio, quejándose que, no obstante el luminoso alegato de su abogado Antonio Maura, las razones legales y los fundamentos históricos, fueron pospuestas ante lo que se ha dado en llamar “la conveniencia política o sea el expediente sencillísimo de partir la diferncia… Se queja, también, del carácter inapelable del Laudo y que “el fallo tiene además conceptos contradictorios que dificultan su aplicación práctica” para lo cual han pedido una aclaración al Rey.
Ante este cuestionamiento, que complicaría las relaciones bilaterales, Ramírez Fontecha publica en Tegucigalpa en 1908 un libro titulado “Por la Justicia y por la Verdad, El Arbitraje entre Honduras y Nicaragua, Rectificación documentada”, breviario de unas 228 páginas, precedido de una carta amistosa, cortés pero firme, dirigida al canciller nicaragüense José Dolores Gámez, en el que recapitula los fundamentos jurídicos, históricos y geográficos que las diversas comisiones nombradas por el Rey tuvieron en cuenta para dictar su Laudo, incluyendo la opinión de su Consejo de Ministros, opiniones que según el autor fueron unánimes.
El documento es muy revelador porque fue escrito por el agente especial de Honduras en el contencioso, a menos de 2 años desde dictado el Laudo.
Comienza Ramírez Fontecha por recordar que el presidente José Santos Zelaya expresó que Nicaragua “acepta gustosa” la decisión real que pone término al litigio por límites con Honduras, aun cuando solicita una aclaración del fallo y, por otra parte, felicita al presidente de Honduras, general Manuel Bonilla.
Aunque aisladamente considerados los mapas, tienen una significación relativa en un arbitraje, pueden asumir un carácter decisivo al relacionarlos con otros medios de prueba. Sobre el particular, Ramírez Fontecha recuerda que en el arbitraje se presentaron 65 mapas, entre antiguos y modernos, de los cuales 27 indicaban los límites entre Honduras y Nicargua al sur del Cabo de Gracias a Dios, 11 en este mismo cabo; y ninguno ni aún de los hechos por cuenta del gobierno de Nicaragua, los señaló (los límites) en el punto en que pretendían los representantes de aquella República colocarlos. Y agrega el autor que de los 38 mapas que fijaban los límites en el Cabo de Gracias a Dios o al sur de este mismo Cabo, 6 eran alemanes, 1 belga, 1 costarricense, 5 españoles, 9 franceses, 7 holandeses, 3 ingleses, uno italiano, 5 norteamericanos y ninguno hondureño.
Ramírez Fontecha pregunta incisivamente al canciller Dolores Gámez, “¿cuáles son los límites señalados en el “Catecismo de Geografía, para las escuelas primarias de Nicaragua”, impreso en Managua, 1874, por don Maximiliano Sonnestern? Y la respuesta en el Atlántico es “puerto y Cabo Gracias a Dios”. Y más adelante pregunta, “¿es cierto señor Gámez, que en la circular que envió a los gobiernos de Europa y del norte de América, el ministro de Nicaragua y de Honduras, nicaragüense de nacimiento, señor don Francisco Castellón, en 1844, afirma que el límite divisorio está en el Cabo de Gracias a Dios? Y así continúan otras preguntas.
En la página 18 del libro, el autor hace 7 proposiciones, de las cuales reproduzco 3 a título de ejemplo:
4º El Laudo de S. M. el Rey de España fue dado en estricta justicia. No hubo para él razones de conveniencia política ni menos se ha recurrido al “expediente sencillísimo de partir la diferencia…”.
5º En el fallo de S. M. no existen “conceptos contradictorios” ni “obscuridades” de ninguna especie. Se basa todo él en hechos probados y en documentos incontrovertibles, estando enteramente conforme con las reglas establecidas en el artículo 11 de la Convención sobre límites…”.
7º El arbitraje internacional persigue la obtención de un fallo inapelable, para con él terminar, definitivamente, cuestiones que de otro modo serían de difícil solución, por lo menos, cuando no imposible. Enfrente del arbitraje no hay otros caminos que el de no aceptarlo o una vez aceptado, el de someterse a él noble y honradamente.
Por otra parte, Ramírez Fontecha extrae un párrafo que considera favorable a Honduras de la réplica del abogado Antonio Maura, que dice: “…Y la costa de Honduras, nombre geográfico, la cual naturalmente, ha terminado siempre y hasta la consumación de los siglos terminará en el Cabo Gracias a Dios, pues cierra el golfo del mismo nombre”.
A la luz de los argumentos y hechos probados, El Laudo en uno de sus considerandos expresa que “según se deduce de todo lo expuesto, el punto que responde a razones de derecho histórico, de equidad y de carácter geográfico para servir de límite común entre ambos estados litigantes sobre la costa del Atlántico es el Cabo de Gracias a Dios, y que este Cabo marca lo que práctiamente ha sido el término de la expansión o conquista de Nicaragua hacia el norte y de Honduras hacia el sur”.
El largo drama de nuestra integración territorial es fruto de los defensores de la soberanía, a quienes la nación no debería olvidar.
“La Tribuna”, 26/09/2020
2 Tegucigalpa, Tipografía “La Prensa Popular”, 1908.