La Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), admitió el recurso de casación interpuesto por la defensa privada de la exprimera dama Rosa Elena Bonilla y de la defensa pública del exsecretario, Saúl Escobar y por unanimidad de votos determinó ordenar la repetición del juicio oral y público.
El portavoz del Poder Judicial, Carlos Silva, informó que “la Sala de lo Penal por unanimidad de votos falla declarar ha lugar el motivo único de casación por quebrantamiento de forma, invocado por la defensa pública del acusado Saúl Fernando Escobar Puerto y ha lugar el primero y segundo motivos de casación de quebrantamiento de forma de la defensa privada de la exprimera dama, Rosa Elena Bonilla Ávila, donde se condenó a ella por un delito de apropiación indebida y ocho delitos de fraude en concurso real”.
Asimismo “se declaró firme y ejecutable la sentencia de fecha 04 de Septiembre del 2019 donde se absolvió a Bonilla de Lobo de malversación de caudales públicos y lavado de activos, donde se absolvió a Manuel Mauricio Mora por fraude, lavado de activos y confabulación para lavar activos, y donde se absolvió a Saúl Escobar Puerto por lavado de activos y confabulación para lavar activos”
“Tercero por unanimidad de votos los magistrados de la sala de lo penal, en virtud de haber prosperado el motivo único de casación de las personas involucrada declaran nulidad parcial de la sentencia impugnada en Septiembre del año anterior y manda a que el Tribunal de Sentencia con Competencia Nacional en Materia de Corrupción celebre nuevo juicio oral y público contra Rosa Elena Bonilla de Lobo por suponerla responsable de los delitos de apropiación indebida y por ocho delitos de fraude en concurso real y contra el señor Saúl Escobar Puerto por suponerlo responsable de ocho delitos de fraude en concurso real”, detalló.
Continuó “esta determinación deberá de ser turnada a su lugar de origen, es decir al Tribunal de Sentencia en Materia de Corrupción”.
Es de mencionar que los recursos de casación fueron invocados por los apoderados legales Tesla Sibrián Dueñas y Onix Manzanares, de la defensa pública en representación de Saúl Escobar y por el abogado Juan Carlos Berganza Godoy quien representa en esta causa a Rosa Elena Bonilla.
En septiembre del año pasado, el Tribunal de Sentencia Penal con Competencia Nacional Territorial en materia de Corrupción condenó a una pena de 58 años de reclusión a Bonilla Ávila, más la multa de 1, 267,897. 73 centavos y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta e interdicción civil, se absolvió por los delitos de malversación de caudales públicos y lavado de activos en perjuicio de la administración pública y la economía del Estadio de Honduras.
De igual forma, en ese fallo se absolvió a Manuel Mauricio Mora Padilla por los delitos de fraude, lavado de activos y confabulación para lavar activos en perjuicio de la economía del Estado de Honduras y se condenó a Saúl Fernando Escobar Puerto por el delito de fraude a una pena de 48 años de prisión más las penas accesorias de inhabilitación absoluta e interdicción civil.

SE NOS DIO LA RAZÓN
Por su parte, Juan Carlos Berganza, abogado de la exprimera dama, detalló que a su representada se le someterá nuevamente a un juicio desde cero y se pedirá la revisión que pueda defenderse en libertad.
“Se nos dio la razón, en cuanto a que hemos presentado varios motivos, pero dos fueron declarados con lugar que eran dos motivos por quebrantamiento de forma uno por violación al principio acusatorio, es porque el Ministerio Público acusó por varios delitos por un mismo hecho, además de eso, había una falta de correlación entre lo que se había acusado y lo que el tribunal resolvió”, precisó.
Continuó que “el Ministerio Público presentó en la fase inicial del juicio oral, una acusación por el delito de malversación de caudales públicos y que ya había sido resuelto por un tribunal de segunda instancia y el tribunal la condena por apropiación indebida, siendo esto que no existe una homogeneidad en el tipo penal respecto a la pena, debido a que la condena por el delito de malversación de caudales público no tiene la pena de multa que tiene la apropiación indebida, y eso agrava la situación de la persona que está siendo enjuiciada, eso es un rompimiento a la regla básica de acusación”.
“El otro punto es que la valoración de la prueba, el tribunal se apartó y no aplica los criterios de la sana crítica, al establecer que efectivamente los fondos expuestos dentro del juicio oral y público se suponía que eran fondos públicos, sin embargo la defensa demostró que este dinero era en dólares, y se le explicó que el presupuesto de la República no se maneja en dólares, asimismo, se le explicó que solo puede refutarse como fondo público, lo que aprueba el Congreso Nacional, a través del presupuesto general de la República o todo lo que ingresa a la Tesorería Nacional de la República, ese dinero no paso por ninguna de estas dos instituciones y esto lo establece la Constitución de la República”.

DEFENDERSE EN LIBERTAD
Apuntó que “es un hecho atípico, la figura de la primera dama no se encuentra regulada en ninguna parte de la legislación Nacional y bajo el principio de legalidad y de la reserva de la Ley esto era materialmente imposible que se pudiera sustentar”.
En este caso, el tribunal ha dicho es que hay un rompimiento de las normas esenciales para poder juzgar a una persona y por lo tanto anula el juicio y por lo tanto lo manda a repetir, no es que le ha dicho que la ha absuelto o que va salir”.
Otro de los puntos que resaltó el togado de la resolución es que el Ministerio Público se basa en fotocopias para sustentar sus casos y eso es insostenible en un proceso judicial.
“Lo único que anula la Sala Penal es el juicio que conoció el Tribunal de Sentencia y ordena que se vuelva a repetir el juicio con nuevos jueces, con la única diferencia que la sala Penal ya dejó claro que no existe el delito de malversación de caudales públicos y lavado de activos”, explicó.
Berganza señaló que a ella se le mantiene con la medida en prisión preventiva cuando la misma ya se encuentra vencida, (ya pasaron dos años) por lo que al momento de que el expediente regrese al Tribunal de Sentencia en Materia de Corrupción estaríamos solicitando una audiencia de revisión de medidas para que mi representada se le pueda conceder la opción de defenderse en libertad”. (XM)
DATO:
Al estar integrado el nuevo tribunal de sentencia que conocerá el caso “Caja Chica de la Dama” la defensa de los encausados estaría solicitando una audiencia de revisión de medidas para que ambos puedan defenderse en libertad, motivado, por que la medida de prisión preventiva se encuentra vencida para ambos.