Por José María Díaz Castellanos
Catedrático de Derecho UNAH
Según Dye (1992) define las políticas públicas: “Es todo lo que los gobiernos deciden hacer o no hacer”. (Internet).
Desde 1951 aparece “The Policy Sciences”, las ciencias de la política, trabajo de Harold Lasswell. Después de la II Guerra Mundial, zonas geográficas: Japón, Europa Oriental y Central estaban destruidas. El papel de Estados Unidos fue de proveedor de bienes de servicios a dichas regiones, lo que consolidaba su jerarquía mundial, como potencia política y económica.
“Las minorías” es la parte menor de las personas que forman un cuerpo, una nación o una comunidad, quienes componen la minoría, por lo tanto, son numéricamente menos que el grupo de los individuos que forman la mayoría. Un ejemplo de minorías por ejemplo en Europa son los gitanos.
Como grupos vulnerables en Honduras, son aquellos que, por pobreza, origen étnico, estado de salud, edad, género o discapacidad, se encuentran en estado de mayor indefensión.
El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH), atiende a la población vulnerable y cuenta con los siguientes programas: Programa de VIH-SIDA, Programa de Discapacidad, Programa de Niñez y Adolescencia, Programa de la Mujer. Desde la Unidad de Promoción y Educación se atiende a los adultos mayores y emigrantes.
El gobierno de la República ha reformado la Ley de Administración Pública, creando las Secretarías de Desarrollo Social, quien conoce de la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en materia de desarrollo e inclusión social, de reducción de la pobreza, así como la planificación, administración y ejecución de los programas y proyectos que se deriven de esas políticas, y los que vayan dirigidos a grupos vulnerables y los orientados a la niñez, juventud, pueblos indígenas y afrohondureños, discapacitados y personas con necesidades especiales, y adultos mayores. Lo relativo a la Visión de País y Plan de Nación le ha quedado a la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, con competencia además en la definición de políticas generales, la lucha contra la corrupción y el desarrollo de la ética pública. (Artículo 29).
El marco legal es hoy la LEY MARCO DE POLITICAS PUBLICAS EN MATERIA SOCIAL, aprobada mediante Decreto Legislativo No 38-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 13 de junio del 2013, siendo sancionado por el presidente Porfirio Lobo Sosa.
Esta ley tiene el objetivo fundamental de crear el marco legal de las políticas públicas en materia social, en el marco de la Visión de País y Plan de Nación, así como las competencias institucionales para regular y coordinar, las acciones orientadas a transformar las condiciones humanas, socioculturales y materiales, con énfasis en la población en condiciones de pobreza, y los grupos vulnerables. (Artículo 1).
Esta ley define la pobreza como “la situación social y económica caracterizada por una carencia marcada en la satisfacción de las necesidades básicas que inciden en el nivel y calidad de vida de las personas”. Defines la POLÍTICA PÚBLICA como el conjunto de leyes, reglamentos y programas, así como los lineamientos mediante los cuales se pretende alcanzar desde las estructuras del Estado, en forma sistemática, coherente y articulada, determinados objetivos de interés para el bienestar de toda la población.
Esta ley además incorpora a las organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), como entidades de carácter privado, que podrían contribuir al desarrollo. Entre sus principios está la EQUIDAD: Se explica como un principio de las políticas públicas para crear condiciones de igualdad que permitan dar oportunidades según las necesidades, para garantizar la participación y la representación de los grupos vulnerables en los procesos de desarrollo social sostenible.
Esta ley pretende vincular las organizaciones en el ámbito privado, vinculadas al desarrollo social con las políticas públicas en materia social.
Algunas organizaciones han sido vinculadas por la MACCIH en actos de corrupción. Hoy con la reforma al Artículo 10 A de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se pretende desligar de las investigaciones a estas organizaciones y pasarle la responsabilidad al Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
Tengo la impresión de que todo lo que aprobó don PP en el gobierno anterior como Ley Visión de País, Plan de Nación, así como esta Ley de Políticas Públicas, han pasado a un segundo plano, siendo superadas por el poder de los PCM (Decretos Ejecutivos en Consejo de Secretarios de Estado). Esto es algo parecido al TRANS-450 de Ricardo Álvarez. Cada gobierno tiene distinta visión de los problemas nacionales. Un mismo partido, distintos funcionarios. El costo de la democracia es altísimo. Esto sucede también en los colegios profesionales. Este tema necesita más discusión.
Fe de erratas: En mi artículo: La República, legado de la independencia (2/2), cometí un error al indicar que la Constitución de José María Medina era del año 1965, siendo lo correcto 1865.