La alternabilidad en el ejercicio de la presidencia

Entre las funciones que la Constitución atribuye a las FFAA está la de defender… los principios de libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República, según lo establece su artículo 272.

El artículo 274 establece que estarán sujetas a las disposiciones de su Ley Constitutiva y a las demás leyes y reglamentos que regulen su funcionamiento.

Durante una reciente entrevista que hizo el periodista Renato Álvarez en su foro televisivo, pude apreciar la insistencia con la que el entrevistador exigía al actual jefe de las FFAA, sobre el porqué no defenestraban al actual Presidente, como lo hicieron con “Mel” Zelaya en 2009, de conformidad con la atribución constitucional; desde que su reelección es ilegal.

Algunos dicen que el Derecho es una disciplina de lógica; y aunque yo no soy abogado ni nada parecido, trato de razonar con lógica.

Sobre el tema pretendo aclararme las siguientes dudas.

¿Hasta dónde un organismo estatal como las FFAA puede convertirse por sí mismo en árbitro, ejecutor y juez, para el cumplimiento de sus atribuciones? ¿O también debe seguir los procedimientos legales?

Por analogía con las atribuciones que le concede la ley al Ministerio Público, que le otorga el ejercicio de la acción penal pública, no por ello veo que puede por sí mismo apresar y condenar a delincuente alguno. Los agentes del Ministerio Público para poder apresar a alguien deben contar con la orden judicial correspondiente, en cumplimiento con los procedimientos legales.

En el caso del 2009, a que hace referencia el periodista Álvarez, para apresar al expresidente Zelaya existió la orden judicial respectiva, aquella no fue una acción determinada por las propias FFAA, aquel fue un acto derivado de una orden judicial.

La segunda duda que me asalta es la afirmación del periodista Renato cuando asegura que la reelección es ilegal.

Si la actual reelección es producto de una sentencia de la Corte Suprema de Justicia, y todo veredicto de la Corte es legal mientras no se produzca otra sentencia de organismo competente que la declare ilegal… ¿entonces?

En este orden de ideas, pienso que lo que debe hacer el destacado periodista de Canal 5 para sacar a JOH del cargo es, primero, conseguir la anulación de la tal sentencia; y luego, hacer que un juez dicte la orden correspondiente para que las FFAA apresen al Jefe del Ejecutivo, con todo y su gabinete, y se le siga el juicio respectivo. Y si esto lo logra, entonces sí veremos a JOH en La Tolva.

Toda aclaración de un jurista es válida, pero no la opinión de activista político alguno.

Carlos Edgardo Ayes Cerna
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Tegucigalpa, M.D.C.