CSJ admite recursos del MP contra Fondos Departamentales

La Sala de lo Constitucional admitió dos de los cuatro recursos de inconstitucionalidad que interpusieron diferentes sectores de la sociedad contra la aprobación de la ley que se refiere a los fondos departamentales, la adición al artículo 10-A de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Entre los recursos admitidos se encuentra el presentado por el Ministerio Público a través de la Fiscalía Especial en Defensa de la Constitución, orientado contra la aprobación de la ley que refiere al uso de los fondos departamentales.

Asimismo, la Sala de lo Constitucional admitió el recurso de inconstitucionalidad presentado por los diputados del Partido de Innovación y Unidad Social Demócrata (Pinu-SD) en contra del blindaje parlamentario para no ser investigados por el Ministerio Público.

“El primero es un recurso de inconstitucionalidad en contra del decreto 116-2019 de la Ley Especial para la Gestión, Asignación, Ejecución, Liquidación, Rendición de Cuentas de Fondos Públicos para Proyectos de Orden Social, Comunitario, Infraestructura y Programas Sociales, interpuesto en días anteriores por parte del Ministerio Público, y fue presentado contra la forma de creación y contenido del acto legislativo”, expresó el portavoz del Poder Judicial, Melvin Duarte.

“Se ordenará que en el plazo de cinco días, el Congreso Nacional remita los antecedentes correspondientes y una vez recibidos se trasladarán al fiscal”, indicó.

También, informó que la Sala de lo Constitucional admitió por vía de acción el recurso interpuesto por los diputados del Partido de Innovación y Unidad Social Demócrata (Pinu-SD), contra el decreto 117-2019 del 16 de octubre del 2019, que limita el ejercicio de la acción penal pública en relación al papel del Ministerio Público.

“Reforma por adición el artículo 10-A de la Ley Orgánica del Poder Legislativo que está contenido en el decreto 363-2013, en este sentido, se interpone este recurso en forma total por razón de contenido, por lo tanto, se omite la petición de antecedentes al Congreso Nacional y el mismo está relacionado de acuerdo a la argumentación a limitar la acción penal pública en relación al papel del Ministerio Público, dependiendo de la naturaleza legislativa”, añadió.

INADMISIBLES

No obstante, la Sala de lo Constitucional declaró inadmisible dos recursos de inconstitucionalidad presentados por el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), en contra del decreto 116-2019 que refiere a la aprobación de los Fondos Departamentales y el nuevo Código Penal.

“CNA no tiene un interés directo, personal y legítimo que se pueda acreditar por lo tanto está considerado inadmisible asimismo, se declara inadmisible el recurso de inconstitucionalidad contra el decreto que establece la aprobación del nuevo Código Penal por tener un carácter de transitoriedad, no ha entrado en vigencia, por lo que no es el tiempo procesal oportuno”, subrayó Duarte.