Derogan 32 artículos para eliminar la responsabilidad penal de personas jurídicas

El Congreso Nacional derogó, en la noche del pasado martes, 32 artículos del nuevo Código Penal, a través de los cuales se elimina la responsabilidad penal de las personas jurídicas (empresas).

Del 102 al 108, 153, 176, 182, 225, 263, 275, 309, 317, 322, 337, 346, 353, 368, 397, 403, 411, 430, 434, 437, 444, 469, 511, 569 y 596, son los artículos derogados en el nuevo Código Penal para eliminar el castigo punitivo de las personas jurídicas.

El jefe de la bancada del Partido Nacional, Mario Pérez, presidente de la comisión dictaminadora del nuevo Código Penal, explicó que por tratarse de un tema que está presente en toda la nueva normativa penal, se derogaron los artículos en referencia.

«Esta reforma apoyará al sector empresarial del país y va encaminada a que únicamente sean sujetos de juicio e imputación penal las personas naturales y no las jurídicas».

“Este fue un tema ampliamente debatido en el proceso de socialización del Código Penal y había dos posiciones, si quedaban en el código o no quedaba esta figura. Pero casi la totalidad de países en el mundo no tienen esta figura”, explicó Pérez.

Por su parte, el diputado de Libre, Hary Dixon Herrera, manifestó: “Se ha derogado a todo aquel articulado del nuevo Código Penal, donde se penaliza a la persona jurídica».

«Sobre todo porque es una penalización que nunca ha existido en el actual Código Penal y que han accedido por parte de la Junta Directiva del Congreso Nacional a derogarla, más que todo por la presión que ha ejercido la empresa privada en el país”.

«Pero lo positivo de esta aprobación en el Congreso es que abre las puertas para que otros sectores de la sociedad que se sientan dañados con el nuevo Código Penal, puedan presentar sus propuestas como por ejemplo sobre narcotráfico, corrupción, criminalización de la protesta popular y otros temas que han estado en el debate público del país», puntualizó Herrera. (JS)