Necesaria y legal intervención de la fuerza pública

Por: José Antonio Pereira Ortega
Coronel ® [email protected]

En esta oportunidad quiero presentar a los lectores algunos argumentos teóricos de ley y del derecho objetivo y subjetivo en forma recíproca, a manera de explicar y crear consenso respecto al delicado tema del empleo de las fuerzas de seguridad en caso de desorden y conmoción interna que constituya amenaza para la integridad física de las personas (gran mayoría afectada) y sus bienes, y la obligada tarea por parte de las autoridades de restituir el orden, la seguridad y la estabilidad del Estado.

Consciente de la brevedad del espacio disponible (800 palabras) en este importante y extenso tema, no voy a entrar en detalles de ley, basta decir que el gobierno, en representación del Estado es el único ente público que tiene el derecho a usar la fuerza de manera coercitiva, es decir el uso legal de la fuerza para enfrentar una situación que constituya una amenaza a la seguridad o a la convivencia social pacífica, llanamente explicado es lo que se da en decir: “evitar un mal mayor”.

Destaco en nuestro caso, cuando la capacidad de resolver las controversias por medios pacíficos es insuficiente, se pierde la racionalidad y más bien se recurre a la violencia social y política, se explota magistralmente la rebeldía natural de los jóvenes de hoy, que no estiman riesgos a la hora de realizar sus imprudentes y peligrosos actos de protesta denominada “pacífica” pero revestida de actos violentos materializados en quemas de negocios, tomas de carreteras, restricción del movimiento a las mayorías que se desplazan a sus trabajos y recurriendo a armas hechizas, pero igualmente peligrosas, como las chimbas, los morteros, los cocteles molotov, que son rellenados con clavos y grapas de metal como proyectiles o esquirlas que pueden lastimar a los policías y militares o a los indefensos ciudadanos que sufren los abusos de los que reclaman.

De manera específica, quiero entonces referir que en este caso que nos tiene en incertidumbre y que limita el desarrollo económico, social y político de los hondureños: los hechos de violencia tenaz ocurridos en las semanas y días recién pasados, producida por la confrontación los órganos de seguridad del gobierno en contra de una minoría de ciudadanos reclamantes de “derechos individuales y del pueblo” aunque con sus acciones lesionen los derechos de la gran mayoría, que incluso, debo comentar pareciera que no gozan de la protección de las políticas de derechos humanos, cuyos funcionarios ejecutan con denuedo sus políticas, preocupados en su disposición de desautorizar a las autoridades legalmente autorizadas para actuar contra los armados reclamantes, a quienes se antoja el actuar con violencia usando chimbas, morteros, hondas, etc. que son armas letales hechizas, así por ejemplo en estos momentos hay dos miembros de la Policía a punto de perder un ojo, otros con los dientes quebrados y sus cabezas rotas y peligrosos chichotes que a futuro pueden causar daños permanentes, pero al doctor Herrera y su equipo, no les importa, como son funcionarios del Estado son mortales y desechables sin derechos humanos que les asista.

Es menester decir que como hombre de leyes, no puedo ignorar el derecho que tienen los reclamantes para exigir sus derechos, pero como se señala en los artículos constitucionales 62 y 70, incuestionablemente pueden hacer sus peticiones pero respetando el derecho de los demás, validar y no descalificar el rol del Estado como ente regulador y responsable por la seguridad y el bienestar de todos los hondureños, en el marco de la justicia y el respeto al derecho de los demás.

Quiero ser explícito y no dejar dudas respecto a una discusión estéril que se levantó con propósitos de generar controversia y mantener el impulso al desorden violento, y mayor su distorsión por lo acontecido y los resultados de una actividad propia de la seguridad interna y del mantenimiento del orden público, un rol que es reservado a los órganos del gobierno por medio de las fuerzas del orden y los diferentes operadores de justicia, me refiero al hecho de la intervención de una fuerza militar en La UNAH, hecho lamentable a todas luces y que es difícil de justificar o de restituir los daños causados a la integridad física de los heridos, pero que a pesar de los señalamientos en contrario, en todos los países democráticos, la ley faculta el empleo de las fuerzas del orden con la finalidad de garantizar el fiel cumplimiento de las leyes y sobre todo, para preservar la vida, la integridad física de las personas, los bienes y propiedades públicos o privados, con énfasis cuando se trata de asegurar la vida de las personas o evitar la comisión de un delito contra las personas o contra las instalaciones estatales como es el caso de la UNAH, que tiene autonomía pero no soberanía.