El derecho. El internet y su lenguaje

Por Jorge Roberto Maradiaga

Doctor en Derecho Mercantil, catedrático universitario
y especialista en Derecho Aeronáutico y Espacial

En el contexto en que actualmente nos desenvolvemos, en donde lo característico es el influjo de las tecnologías de la información y la comunicación en todos los ámbitos del acontecer social, automáticamente surge un nuevo lenguaje directamente vinculado con el derecho e influenciado por la difusión masiva del internet que utiliza mucha terminología, cuyo conocimiento, alcance y comprensión resulta un imperativo categórico.

En nuestra vinculación académica dentro y fuera de las facultades, en congresos, publicaciones y en nuestra relación directa con la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI o UNCITRAL), hemos tenido la oportunidad de acceder a una significativa cantidad de documentos e información que pone en evidencia la particular vinculación entre el derecho y el internet, ante lo cual el sector académico y profesional no puede permanecer indiferente y en todas las universidades ello debe formar parte efectiva de la formación académica.

Hoy en día, en cualquier ámbito especializado nos encontramos con el dilema del lenguaje. Y este, entendido en un sentido directamente vinculado a los vocablos descriptivos de los pormenores técnicos de determinada ciencia o técnica. El derecho está plagado de lenguaje técnico, de aforismos latinos y en algunos casos de noelogismos, frente a lo cual es proceso educativo no puede permanecer indiferente.

El derecho de internet y la tecnología informática tienen un denominador común: el idioma inglés. La mayoría de los términos más novedosos no son traducidos al español o castellano. Ello se da por dos razones:
1. En ciertos ámbitos de la tecnología o el sector académico, hablar en otro idioma genera una diferenciación de status. En la práctica, es común oír a oradores en tecnología y a estudiosos del derecho informático insistir con los anglicismos. En todo caso es de destacar que lo hacen, no por problemas vinculados con incapacidad para interpretar algunos conceptos en nuestra lengua, sino que simple y sencillamente es porque suena más sofisticado. Las personas que hablan inglés lo encuentran sencillo de entender, pero aquellos quienes aún no dominan dicho idioma lo ven complicado.

Connotados didactas señalan que un buen docente y un buen orador deben facilitar la comprensión de los oyentes o participantes, haciendo del aprendizaje una vía lo más directo posible para alcanzar los resultados esperados.

2. La otra razón para que algunos de los términos no se traduzcan recae en la presunta imposibilidad de hacerlo. Un idioma es un código de significación para toda una cultura, pues forma parte del desarrollo histórico, social y cultural de una comunidad. Por ello, es más apropiado hablar de “interpretar” un vocablo que de “traducirlo”. Hay interpretaciones más aproximadas que otras, en todo caso; pero la aspiración primigenia es que debería existir coincidencia plena.

En el campo del derecho la cultura jurídica es parte de la cultura de cada pueblo o comunidad. Por eso, es muy delicado interpretar conceptos de tradiciones jurídicas distintas para compararlos con los de otras. Es un desafío complejo encontrar traducciones a palabras como attorney, contract, consideration, impeachment y otras de la tradición del common law anglosajón.

En lo que hace al latín, si bien se reconoce como una lengua original (influjo Roamano en Europa), tampoco está exenta de ambigüedades. El latín es aún ampliamente utilizado en el vocabulario legal occidental (tanto de la tradición continental como del “common law”) por lo que algunos de sus términos han ido adquiriendo significados diferentes de uno y otro lado de la evolución normativa.

Como ejemplo se puede citar el concepto de ius civile. Tiene diversos significados, pues la aplicación originaria del derecho romano (ius civile versus ius gentium), en el de la Edad Media (como derecho romano en general o como categoría tripartita junto al ius naturae y el iusdivinum) y más adelante en la conceptualización del derecho civil como derecho privado. Algunos proponen una vuelta al latín y otros el multilingüismo.

En internet la problemática se plantea teniendo en cuenta el origen de los principales desarrollos jurídicos y técnicos en la materia. Actualmente el idioma inglés es el más difundido, tal como lo demuestran la materialización de transacciones comerciales, comunicaciones transfronterizas, la investigación académica, etc.

Siendo así, ello trae aparejado un costo en diversidad cultural y en accesibilidad para los sectores que no comprenden inglés; pero es de destacar que la tendencia generalizada hoy en día es la enseñanza del inglés.
En el marco jurídico, el excesivo tecnicismo conceptual se evidencia como uno de los obstáculos para la comprensión del derecho por parte de la ciudadanía, lo que indefectiblemente afecta su aplicación y la consiguiente generación de conciencia jurídica. Ante la difusión del inglés sería procedente construir consensos en los conceptos legales para poder generar normativas más eficaces y comprensible en el contexto internacional, respetando eso si las tradiciones que enriquecen la cultura.

E-mail: [email protected]
[email protected]