Extraditable Urbina cumplirá su arresto preventivo en 2do Batallón de Infantería

Tras conocerse la resolución del juez de Extradición en Primera Instancia, de conceder la extradición diferida contra el exalcalde Arnaldo Urbina Soto, autoridades del Instituto Nacional Penitenciario (INP), tomaron la decisión de mantener al ahora extraditable cumpliendo su arresto preventivo en el Segundo Batallón de Infantería, ubicado en el valle de Támara, Francisco Morazán.

Extremo que fue confirmado por personeros del INP, quienes manifestaron que se mantendrá en ese recinto carcelario de manera indefinida por la extradición diferida que pesa en su contra, es de precisar que anteriormente cumplía una condena por lavado de activos en el Centro Penitenciario de El Progreso,Yoro y cárcel a la que el juez de Extradición remitió a Urbina Soto para que cumpliera la medida de arresto preventivo.

El exedil tras cumplir su condena u otros procesos pendientes en Honduras, será llevado hacía los Estados Unidos, para ser presentado a la Corte del Distrito Este de New York donde es acusado de dos cargos relacionados al narcotráfico y al uso de ametralladoras para realizar ese ilícito.

Específicamente los cargos en su contra es por conspiración para importar una sustancia controlada a los EUA y del territorio aduanero y desde un lugar fuera del mismo; elaborar y distribuir una sustancia controlada, con la intención y el conocimiento de que dicha sustancia se importaría ilegalmente a los EUA y aguas adentro de unas 12 millas de sus costas desde un lugar fuera del mismo; elaborar, distribuir y poseer una sustancia controlada estando a bordo de un avión registrado en los EUA en contravención de las Secciones 952, 959, 969 y 963 del Título 21 y la Sección 3238 del Título 18 del Código de los EUA.

Asimismo, el segundo cargo es por su participación en la conspiración para usar o portar armas de fuego (ametralladoras) con el fin de fomentar la conspiración, o poseer armas de fuego durante la conspiración de importación de narcóticos, inculpada en el cargo uno de la Acusación Formal en contravención de las Secciones 924 y 3238 del Título 18 del Código de los EUA.

Los hechos que dieron origen a los cargos antes mencionados se realizaron entre los años 2005 al 2014, los cuales se encuentran dentro de los parámetros que establece el convenio bilateral de extradición.

Actualmente, el exalcalde y abogado de profesión se enfrenta en un juicio oral y público por suponerlo responsable de 124 delitos de malversación de caudales públicos y 67 delitos de abuso de autoridad, además de ello, tiene un auto de formal procesamiento por el delito de encubrimiento en el caso conocido como “Pandora”.

Este lunes, el secretario de Extradición, notificó de la resolución por el caso de extradición a la defensa técnica de Urbina Soto, por lo que mañana se vencería el término para presentar el recurso de apelación correspondiente.

Asimismo, por parte del despacho de Extradición se giraron los oficios correspondientes a Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, al mismo tiempo a la embajada de los EE UU, a la Secretaría de Seguridad y al director del Instituto Nacional Penitenciario.

El proceso de extradición contra el exalcalde inició el pasado 26 de marzo en el Palacio de Justicia en San Pedro Sula, donde programó en ese momento la audiencia de proposición y evacuación de medios probatorios para el 6 de mayo, aperturó la misma ese día y la suspendió por petición de tiempo por parte de la embajada americana para hacer llegar a su despacho los medios de prueba contra el extraditable, por lo que se reprogramó para el 22 de mayo a las 10:00 de la mañana, en esa misma sede judicial.

El viernes anterior se dio a conocer la resolución por el portavoz del Palacio de Justicia, Ruy Barahona, acerca de la resolución del juez de Extradición, donde agregó la entrega de Arnaldo Urbina Soto se difiere al Estado requirente hasta que terminen los procesos penales incoados en su contra en nuestro país, si fuere absuelto o cumpliere la condena correspondiente según el caso.