ANTES que nada habría que decir que el presidente del Congreso Nacional ha comunicado su disposición –como lo hizo cuando se presentó la controversia por delitos de terrorismo incluidos en las reformas del Código Penal– de revisar cualquier disposición que incomode a los medios de difusión del pensamiento o vulnere principios de libertad de expresión. Sin embargo, como este artículo ya estaba escrito, antes de tener conocimiento sobre su voluntad de reexaminar lo aprobado, nada se pierde con publicarlo. Siquiera como constancia escrita de nuestra posición. Es una vaina que cuando se les antoja reformar leyes, que causan alergia en sectores sensibles de la sociedad, no puedan ser socializadas debidamente. Con la puesta en vigencia del nuevo Código Penal quién sabe con quién consultaron los licenciados que se dedican a manosear esos textos.
Después del trueno Jesús María. Los brincos son cuando se conoce que la ley ya ha sido promulgada, cuando los sectores afectados se enteran de su contenido. En lo que respecta a la prensa hay disposiciones reñidas con la libre emisión del pensamiento. Siempre hemos dicho que tanto hacer las leyes como reformarlas, de manera que pueda establecerse un justo equilibrio en la sociedad, es un asunto delicado. Algo que no debe dejarse a la improvisación ni al apuro del impulso. Aquí pasan al vaivén de uno a otro extremo. Como el repicar y doblar de las campanas. A ratos dizque para acabar con la impunidad se les ocurre endurecer las penas y hasta tipificar de terrorismo delitos que nada tienen que ver con eso. Lanzan disposiciones como tiro de escopeta que todo abarca y todo incluye, para demostrar que son implacables contra el flagelo que se dice enfrentar. Más tarde se dan cuenta de los excesos. Como ejemplo el delito de lavado de activos. Como para eso no hay medidas sustitutivas a la prisión, y el bullicio exige que a todo sospechoso lo metan al bote, sin clemencia, tiran el atarrayazo para enredar en la red a todo infractor de cualquiera que haya sido su falta. Allá que el juez decida si aplicar o no la figura, si la cambia, si la modera, si la filtra o si la confirma. Cuando el Cristo comienza a padecer entonces recapacitan sobre los derechos del debido proceso, de la presunción de inocencia. Que una vez se lanzan nombres de sospechosos para que los juzgue la vindicta pública, ya no hay forma de retroceder sin daños al honor, en el caso que no sean culpables de los delitos que se les imputa. Para eso ahora bastan y sobran las “líneas de investigación”.
Así las cosas, se oscila entre la tentación de topar sospechosos exponiéndolos al escarnio colectivo y el irrespeto a las garantías del derecho al honor, a la intimidad personal, familiar y a la propia imagen. Con esto de las redes sociales –donde el destape caudaloso de publicaciones contra el honor y la verdad traspasa los límites de la irresponsabilidad– se presenta un repentino clamor de ejercer algún control sobre lo incontrolable. ¿A quiénes van a topar por calumnias e injurias si gran parte de toda esa suciedad se transmite en el anonimato, por medio de portales fantasmas o imposibles de rastrear? Entonces, como no hallan qué hacer con la inasible transmisión tecnológica, agarran de encargo la prensa convencional. Extienden la responsabilidad civil –de la publicación constitutiva de supuesta injuria o calumnia– en forma subsidiaria hasta la “persona natural o jurídica propietaria del medio informativo”. O sea, un afán de castigar lo menos, cuando no pueden hacer nada por sofrenar lo más. Pero como hay espacio abierto en el Congreso Nacional para la discusión, en vez de sonar las vuvuzelas de alerta, vamos a quedarnos en prudente expectativa de la rectificación.