Con estas cotizaciones que el sector privado hace al Instituto Nacional de Formación Profesional, sucede exactamente igual con las cotizaciones que el mismo sector, hace al Instituto de Seguridad Social, como a los diferentes institutos de previsión social que funcionan en nuestro país; son cotizaciones establecidas por las mismas leyes orgánicas, que dieron origen a su creación y por ser una ley, de carácter coercitivo, mientras esté vigente la ley, tiene que aplicarse tal como se establece. El gobierno, de no cumplir el sector indicado con esta obligatoriedad, tiene la facultad para hacer uso de los recursos legales que la misma ley señala para exigir su pago.
Manuel Aguilar Palma
Periferia de San Miguel de Heredia