Comisión de Dictamen: Interpretación malintencionada de algunos sectores con reforma a artículo

La comisión de dictamen del proyecto de reforma a la Ley General de la Administración Pública, que preside el diputado nacionalista por el departamento de Valle, Marcos Velásquez, aseveró que las mismas no tienen alcances en ninguna de las áreas que le competen al Congreso Nacional.

Los congresistas dictaminadores, en conferencia de prensa, afirmaron que todo lo que se ha dicho en relación a que la reforma al artículo 115 de la Ley General de Administración Pública, está orientada a crear un “pacto de impunidad” entre los diputados, es una interpretación malintencionada.
Porque la reforma, en ningún momento, no busca limitar la facultad investigativa y de persecución penal del Ministerio Público, para transpasársela al Tribunal Superior de Cuentas (TSC).

Ya que el espíritu del proyectista de la reforma al artículo 115 de la Ley General de Administración Pública, es que el TSC esté presente en todas aquellas instituciones del Estado que llevan a cabo procesos de contratación y de licitación. Y de manera particular, en aquellas dependencias gubernamentales que tengan representación los trabajadores y empresarios.

Por ello, justificaron que de momento se suspenden la discusión del segundo y tercer debate a las reformas de la Ley de Administración General para llevarlas a consultas ante los trabajadores y empresarios.

Luego de los pormenores que ofrecieron en conferencia de prensa, los diputados de la comisión de dictamen de las reformas a la Ley de Administración General del Estado, se pronunciaron en un comunicado, que a continuación se transcribe:

A BASE DE MENTIRAS

En vista de los rumores malintencionados, que lastimosamente han salido de este Congreso Nacional por parte de personas que en muchos casos, pese a ser profesionales del derecho, no saben o no les conviene conocer adecuadamente los alcances de las leyes que en este poder del Estado se crean, se modifican o se extinguen, los miembros de la Comisión de Dictamen de la reforma al artículo 115 de la Ley General de Administración Pública, nos vemos en la obligación de celebrar esta comparecencia de prensa y leer el presente comunicado.

1. Nosotros, los miembros de la Comisión de Dictamen de la reforma al Art. 115 de la Ley General de Administración Pública, rechazamos la campaña malintencionada de un sector político que trata de dañar la imagen de este poder del Estado y de los diputados, engañando a la opinión pública y a los medios de comunicación, en un claro afán de ganar notoriedad y arrancar espacios noticiosos en base a mentiras, asegurando que esta iniciativa va encaminada a beneficiar a los diputados, para que no seamos investigados por los órganos de justicia.

2. Aclaramos que dicha ley, no tiene alcances en ningún área de las actividades del Poder Legislativo. Tal como su nombre lo dice, LEY GENERAL DE ADMINSITRACIÓN PÚBLICA, rige únicamente las actividades de las instituciones centralizadas y descentralizadas del Poder Ejecutivo, por ende toda reforma que se haga en cualquiera de sus articulados, NO TIENE NINGUNA REPERCUSIÓN, NI BENEFICIA, NI AFECTA, A NINGÚN MIEMBRO DEL PODER LEGISLATIVO.

3. Cualquier profesional del derecho medianamente entendido en la materia, conoce los alcances de esta ley. Por eso nos extraña que algunos diputados y analistas, que son profesionales del derecho, aparezcan en medios de comunicación a denunciar que esta reforma busca “blindar” a los diputados. ¡NADA MÁS ALEJADO DE LA VERDAD! Repetimos… la Ley General de Administración Pública, regula solo la administración pública, centralizada o descentralizada, NO tiene nada que ver con la función de los diputados, o de ningún otro funcionario adscrito al Poder Legislativo.

4. La intención de la reforma es eliminar un vacío legal que detectamos en la actual norma, y es establecer las responsabilidades que tienen personas que sin ser funcionarios públicos, forman parte de las juntas directivas de varias instituciones del Estado, pero representando a sociedad civil, como son los gremios empresarios, obreros o profesionales, que por ser parte de ORGANISMOS COLEGIADOS, sus decisiones pueden acarrearles responsabilidades administrativas, civiles o penales. Esta reforma trata de dejar clara esta relación.

5. En ningún momento la reforma limita la potestad de investigación y de acusación del Ministerio Público, por el contrario, establece la ruta clara que debe seguir la investigación, en caso de que estas personas, que NO SON FUNCIONARIOS PÚBLICOS, incurran en alguna responsabilidad administrativa, civil o penal, debido a las decisiones que apoyan dentro de órganos colegiados o juntas directivas de instituciones descentralizadas del Estado.

6. A los medios de comunicación les reiteramos nuestra disposición total a contestar consultas cuando personas que tratan de sorprender la buena fe de los periodistas, claramente se inventan temas con el único fin de obtener espacios mediáticos en foros de tv, o entrevistas de radio o en periódicos, al tiempo que desinforman a la opinión pública y ganan notoriedad en base a mentiras y difamación.

MACCIH expresa preocupación
Sobre este tema la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH), a través de un comunicado que a continuación se transcribe, mostró su preocupación por las aludidas reformas:

La MACCIH expresa preocupación ante posible reforma del artículo 115 de la Ley General de Administración Pública.

La Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) expresa su preocupación ante el primer debate desarrollado en el Congreso Nacional, que reforma el artículo 115 de la Ley General de Administración Pública, el cual pretende despojar de atribuciones al Ministerio Público y transferirlas al Tribunal Superior de Cuentas.

La competencia del Ministerio Público para ejercer sus funciones está determinada por la Constitución y por lo tanto sus actuaciones no pueden depender de la decisión previa emitida por otro órgano del Estado.

A criterio de la MACCIH, esta reforma vulnera la Constitución, al restar atribuciones al Ministerio Público para ejercer su labor de investigación, pretendiendo que sus actuaciones dependan del pronunciamiento previo del Tribunal Superior de Cuentas, retrasando con ello las investigaciones, lo cual abre la puerta a la impunidad y sin duda es una medida que debilita todos los esfuerzos del país en la lucha contra la impunidad.

ASJ: Limita facultades
La Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ), ante la iniciativa legislativa de reformar por adición el artículo 115 de la Ley General de la Administración Pública, mediante comunicado, afirma que con la iniciativa es una clara intención de limitar las facultades y competencias al Ministerio Público.

En un comunicado, establece que: Hay “una clara intención de limitar las competencias y facultades del Ministerio Público (MP), lo que es una afrenta en contra del Estado de Derecho, una clara transgresión a la Constitución Política de Honduras y podría constituirse en una maniobra para garantizar la impunidad de quienes han cometido delitos en el país”.

“Este intento de reforma a la Ley General de la Administración Pública, implicaría que todos los servidores públicos, empresarios, obreros, entre otros, que tienen procesos penales abiertos producto de las decisiones que adoptaron como miembros de un órgano colegiado podrían ser suspendidas, en virtud de la retroactividad de la ley en materia penal”.

“Esto significa que al suspenderse los procesos penales abiertos actualmente, su continuación estaría condicionada a la decisión del TSC, lo que facilitaría la impunidad en la aplicación de la ley por parte de los servidores públicos y privados responsables de la comisión de delitos y obstaculizaría la labor del MP.